Referencia a las normas de seguridad vigentes
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Publicado en El plan de seguridad en la ejecución de proyectos de implantación de la infraestructura de red telemática
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Dentro del ámbito de las normas sobre seguridad que existen, se han de tener en cuenta las que afectan parcial o completamente a los trabajos de realización de infraestructuras de redes telemáticas.
A continuación, se expone un listado de normas con las disposiciones lega les necesarias y de obligado cumplimiento en materia de seguridad:
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales
- Orden de 9 de marzo de 1971 por la que se aprueba la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
- Real decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
- Real decreto 286/2006, de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido.
- Real decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Regla mentó de los Servicios de Prevención.
- Real decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
- Real decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de Equipos de Protección Individual.
- Real decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
- Real decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
- Real decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.
- Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico de Baja tensión.
Importante! Para entornos bajo radiación, el cálculo de la dosis máxima de irradiación ionizante permisible se realiza en base a la siguiente fórmula: D = 5 * (N -18).
D es la dosis en los tejidos expresada en Rems y N la edad del trabajador expresada en años.
Y en particular, los elementos de protección personal utilizados durante la instalación y puesta en servicio deberán:
- Cumplir lo especificado en el Real decreto 773/1997.
- Disponer de la marca CE de Conformidad Europea.
- Ajustarse a las normas de homologación MT, del Ministerio de Trabajo (O.M. 17/05/74) B.O.E. 29/05/74.
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